bejarano2013-1 520-521: “Las condiciones son las habituales en este tipo de escrituras: el aprendiz servirá a sy casa y familia [de su maestro] en todo lo que le fuere mandado dentro de la decencia y la posibilidad, así como mirará por los intereses de su maestro, no le hurtará ni se ausentará sin permiso, a cambio de enseñanza del oficio, casa, cama, comida, bebida, calzado, vestimenta y atención sanitaria (estaba cubierto un máximo de quince días de enferemad al año. Al término del proceso, el aprendiz debía recibir un vestido nuevo de paño de la tierra, que comprendía calzón, ropilla, ferruelo, medias, capa, ligas, pretina, jubón, sombrero, dos camisas y dos balonas. Unz vez firmada la escritura, el acuerdo no podía ser anulado por ninguna de ambas partes si no era pagando una pena de 5.000 maravedíes a la otra.”