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Francisco de Butrón, codicil

1568.12.18 Archivo Histórico Provincial de Valladolid

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Document Date Century City Province
Francisco de Butrón, codicil 1568.12.18 16cent/2/mid Valladolid Castilla-León
Summary

The relevant parts of this documents pertain to the Butron chapel in San Benito, the donation of 400 ducados to two sisters of vihuelist Esteban Daza, and his revocation of his bequest to Esteban and Gaspar Daza, because Esteban did not complete his studies and because Gaspar married against his father’s wishes and went to the Americas.


Document type Subject Siglum Archive name Call no.
archival document Persons AHPV Archivo Histórico Provincial de Valladolid
Original text

[ ... ] yo el licenciado francisco de butron vezino desta villa de valladolid digo que por quanto yo junctamente con doña maria de rojas mi muger que dios tiene he fecho y otorgado mi testamento y mayorazgo cerrado [ ... ] en esta escritura de codicillo [ ... ] dispongo y mando y ordeno lo suguiente

[ ... ] a trece dias del mes de otubre del año pasado de mil y quinientos y cinquenta y ocho años [ ... ] yo hize y otorgue cierta escritura de concierto con rodrigo de butron mi hijo y con la señora doña isabel de torquemada su muger y con el señor fernan lopez de calatayud para que des pues de yo muerto el dicho señor hernan lopez de calatayud cobrase e hiziese cobrar todos los fructos y rentas del dicho mi mayorazgo y dellos acudiese con docientas mil mrs cada año al dicho rodrigo de butron y su muger para sus alimentos y de lo restante pagase el enlosamiento de mi capilla que se hazia en señor san benito y la rexa y ciertas pinturas y ansimismo pagase quatrocientos ducados de que yo abia echo donacion a dos hijas del señor tomas daza y ansimismo pagase allicenciado avalos ciertos mrs que se le restaban debiendo de su dote y otras cosas que se contienen y declaran en la dicha escritura la qual se hizo porque yo llegue muy al cabo de la dicha enfermedad y pense morir della y el dicho rodrigo de butron mi hijo quedaba muy moco porque no abia veinte años y despues fue dios servido de me dar salud y vida y yo acabe todas las obras que se abian de hacer en la dicha mi capilla [ ... ] y ansimesmo el dicho rodrigo de butron mi hijo al presente es de edad de treinta años poco mas o menos y es honbre cuerdo y de buen recaudo virtuoso de manera que cesan todas las causas por que se hizo y otorgo la dicha escritura [ ... ] porque ansimismo el licenciado abalos esta pagado [ ... ]

[ ... ] he pagado ya los dichos quatrocientos ducados los quales estan depositados en poder del señor gaspar daza y su merced los ha enpleado en cierto censo y aun ha acrecentado y comprado mas censo [ ... ] y ansi el dicho rodrigo de butron mi hijo esta libre de la dicha obligacion [ ... ]

yten ay otra clausula del tenor siguiente: item mando que luego que yo falleciere den y entreguen al señor tomas daza todos mis libros de latin y romance ansi los libros de canones como de leyes y de humanidad y de theulogia y otros qualesquier que yo dejare y leyes del reino y partidas y cartapacios que todos ellos con los caxones en que estan se den y entreguen al dicho señor tomas daza para que los guarde y tenga en su poder sin los poder vender ni disponer dellos los quales quiero que sean para si qualquiera de los dos hijos mayores que ahora tiene que andan al estudio se graduare de licenciado en canones o en leyes en qualquier universidad aprobada aquel tal aya y llebe todos los dichos libros y cartapacios luego que se graduare [ ... ] en quanto a esta clausula yo la revoco porque el hijo mayor del señor tomas daza dexo el estudio y el otro se caso contra su voluntad y esta en indias y quiero que todos los dichos libros que al presente tengo y tubiere al tiempo de mi muerte algunos dellos que son muy viejos rodrigo de butron mi hijo los de a uno o dos estudiantes pobres que estudiaren derechos y los otros se vendan para ayuda a pagar mis deudas y mandas y legatos

ytem en el dicho codicillo ay otra clausula del tenor siguiente: ytem ggtndo al señor licenciado avalos las informaciones de derecho que yo tengo con tanto que porque de aquellas el tema muchas de los mismos pleitos que de aquellas que el tubiere y que no hubiere menester las haga descuadernar y las de al bachiller sebastian de ribera hijo de juan de ribera y si el dicho bachiller ribera quisiere tresladar otras algunas que le parezcan bien de pleitos que no esten pendientes se las deje tresladar [ ... ] ansimesmo revoco esta clausula atento quel dicho bachiller ribera que des pues se graduo de licenciado y doctor es fallecido y juan de ribera su padre y que el señor licenciado davalos es regente de napoles al presente y no tiene necesidad de las dichas informaciones mando que el dicho rodrigo de butron mi hijo de las informaciones de derecho de los pleitos que estubieren pendientes y que no fueren fenecidos a las partes a quien toca y las otras informaciones en derecho que estan enquademadas las de a algun letrado o abogado que a elle pareciere que le pueden aprobechar en su oficio y si por caso al tiempo de mi muerte algun nieto mio hijo del dicho señor licenciado avalos fuese letrado y las quisiese en tal caso se le den como a su padre le pareciere y quisiere

[ ... ] por quanto en el dicho testamento y mayorazgo por una clausula del mandamos a mariana de requejo y de quiros hija de diego de requejo y de ana de quiros su muger ya defunctos cient ducados para ayuda su casamiento yo pague luego que la dicha mi muger murio los cinquenta y los otros cinquenta que eran a mi cargo de pagar me los pidieron por justicia aunque no era obligado en mi vida de los pagar por ser manda de testamento y por ser execucion que se hizo en mis bienes yo los pague y apelle de la sentencia y execucion y el pleito esta pendiente en chancilleria [ ... ] mando que no se siga el dicho pleito pues yo tengo ya pagados los dichos cient ducados y la dicha mariana de requejo y de quiros esta ya casada

y ansimesmo por otra clausula del dicho testamento y mayorazgo mandamos a juan de mendoza nuestro criado que fue doce ducados estos no se han pagado ni cosa alguna dellos porque no se sabe donde esta [ ... ]

ytem ay otra clausula en el dicho codicillo del tenor siguiente: ytem mando al bachiller ledesma alcalde mayor de la villa de fromista una capa de raxa mia nueba / digo que esta cumplida esta manda [ ... ] y si necesario es la revoco porque es ya muerto el dicho bachiller ledesma que despues se graduo de licenciado

[ ... ] ay otra clausula del tenor siguiente: item encargo a rodrigo de butron mi hijo que en el entretanto que la corte que ahora esta en esta villa estubiere en ella por esta vez que se deje estar a la señora doña francisca y doña constanza de rojas en los aposentos que cada una tiene en estas mis casas asta que la dicha corte se baya [ ... ] esta clausula cesa ya porque son defunctas las dichas señoras doña francisca y doña constanza y la señora doña catalina su hermana tiene muy buenas casas en que viva por su vida

[ ... ] ay otra clausula del tenor siguiente: item mando a juan butron mi hijo demas de lo que yo y la dicha maria mi muger le tenemos mandado por nuestro testamento dos paños de tapiceria de indias que yo tengo en una cama que solia ser suya y una cama de red de labor todo lo qual queda en poder de la señora doña francisca para que se lo de / digo que revoco la dicha clausula porque los tapices los tiene ya recebidos y tiene camas y sillas y otros ajuares para su servicio bastantes

[ ... ] ay otra clausula del tenor siguiente: item digo que el señor ruy diaz de mendoza hermano de la señora doña maria de mendoza me debe cerca de sinquenta mil mrs poco mas o menos que yo pague por el a ciertos mercaderes de que tengo escrituras y recaudos las quales mando que se den al dicho juan butron [ ... ] digo y declaro que el dicho rui diaz de mendoza es fallecido y yo he pesquisado si dexo algunos bienes para poder cobrar esta deuda y me han dicho y certificado que no ha dejado bienes algunos y ansi no ay que ablar es esta deuda

[ ... ] ay otra clausula del tenor siguiente: item digo que el señor don alvaro de mendoza me debe por una obligacion y fenecimiento de quentas que hizimos muchos años ha y por ciertos conocimientos quinientas y cinquenta mil mrs [ ... ] mando al dicho juan de butron mi hijo todas las dichas pretensiones y derechos y mas que el dicho señor don alvaro de mendoza me debe por racon de lo susodicho y para el dicho efecto se le entreguen al dicho juan de butron las dichas quentas y las otras escrituras a ello tocantes que quedan en poder de la dicha doña francisca de rojas su tia [ ... ] digo y declaro que yo despues entregue al dicho juan de butron mi hijo las dichas escrituras y recaudos y memoria de mis pretensiones y he embiado muchas veces por escrito sobre ello al dicho don alvaro que al presente es obispo de avila suplicandole que descargue su conciencia y ansi mando al dicho juan de butron mi hijo que lo haga y que no lo ponga en justicia porque yo tengo mucha confianca en la rectitud del deicho señor obispo que la mandara descargar pues a el le ba mucho mas que a mi

[ ... ] ay otras tres clausulas del tenor siguiente:

item mando al dicho juan butron mi hijo otra cama de campo con cortinas de paño colorado de toledo en que yo ahora duermo y un par de arcas encoradas y quatro sillas de caderas de las que yo tengo y el escritorio de nogal mas pequeño
item mando a la señora felipa daza hermana de elena daza mi señora vezina de salamanca docientos reales y a figueroa sobrina de la dicha mi madre cient reales
item mando a doña madalena mi hija unos paramentos de veatilla con unas tiras de red de marañado todos los que hubiere
digo que revoco las dichas mandas contenidas en las dichas tres clausulas en todo y por todo como en ellas se contiene

item por otra clausula [ ... ] dexe nombrados por testamentarios a los señores gaspar daza y hernan Iopez de calatayud y allicenciado davalos y juan de butron y rodrigo de butron mis hijos [ ... ] revoco caso y anullo la dicha clausula y nombro [ ... ] a los dichos juan de butron y rodrigo de butron [ ... ]

[ ... ] ay otra clausula del tenor siguiente: item digo que cerca de la hacienda de salamanca para la particion con mis hermanas yo dexo en un libro declarado lo que yo pretendo que he de aver / en quanto a esto declaro que des pues yo me concerte con mis hermanas y con los monesterios donde estan monjas de les dar como les doy y pago en cada un año ciertos mrs por sus dias [ ... ]

[ ... ] en lugar de las mandas [ ... ] se den cient ducados para ayuda al casamiento de una hija que dexo pedro ortiz de butron mi primo vezino que fir de la ciudad de najera los quales quiero y es mi voluntad que no se le den a la dicha su hija asta tanto que se vele [ ... ]
item mando que de lo se cobrare de mis salarios se le den cient ducados a la señora doña isabel de torquemada muger de rodrigo de butron mi hijo para una joya de oro y otros cinquenta ducados a doña madalena mi hija monja en santa clara de la ciudad de toro
digo que revovo y anullo las dichas dos clausulas y las doy por ningunas [ ... ]

item digo y declaro que el dicho juan butron al tiempo que yo case a doña maria su hermana con el licenciado abalos regente que al presente es de napoles para ayuda a pagarle el dote que con ella le prometi le hize donacion de seiscientos ducados y se obligo de los pagar a ciertos placos [ ... ] los quales yo di y pague por el dicho licenciado avalos y el y la dicha doña maria su muger dieron en mi favor el derecho que tenian contra el dicho juan butron los dichos seiscientos ducados para que yo los cobrase para mi [ ... ] quiero y mando y declaro que los quatrocientos ducados dellos no se le pidan al dicho juan butron y quieo que los aya por augmento de los alimentos que la dicha doña maria de rojas y yo le mandamos en el dicho testamento y mayorazgo [ ... ] y los otros docientos sea obligado a los pagar en dos años ciento en cada un año [ ... ] porque el tiene renta por la iglesia suficiente para se sustentar que yo he ganado y adquirido para el a mis propias expensas [ ... ] porque yo abia

gastado demas de los mrs contenidos en los dichos fenecimientos de quentas antes dellas mas de quatro mil ducados que gaste en redimir pensiones que estaban sobre los dichos beneficios y prestamos y expediciones de bulas y despachos de roma y otros muchos gastos que estan reservados en los dichos fenecimientos de quentas con los quales yo pudiera comprar cient mil mrs de juro de al quitar por hacer buena obra al dicho juan de butron mi hijo yo me concerte con el para que yo cobrase para mi por todos los di as de mi vida los frutos de los prestamos de santiago de yermo dioces de zamora y de la aldiguela de yeltes dioces de ciudad rodrigo y de fuentes de don pedro bermudo obispado de palencia [ ... ]

item las casas casillas corrales suelos que yo he comprado y lo que yo he gastado en los edificios de las dichas casas principales del dicho mi mayorazgo parecera por las escrituras de compra que dellas tengo y lo que se ha gastado en los edificios [ ... ]

item digo y declaro que del docte que yo y doña maria mi muger prometimos al dicho licenciado avalos con la dicha doña maria mi hija le quedamos debiendo seiscientas mil mrs las quales quedamos obligados a le dar y pagar despues de nuestros di as y des pues que murio la dicha doña maria mi muger yo les pague trecientas mil mrs [ ... ] y se les quedaron debiendo otras trecientas mil mrs las quales entiendo que no pueden pedir porque en la promesa y obligacion que hizimos ay un capitulo que si alguno de los tios o tias de la dicha mi hija le dejase en quantidad de dos mil ducados en este caso quedasemos libres [ ... ] y despues fallecio rodrigo de rojas tio de la dicha doña maria y en su testamento y postrimera voluntad [ ... ] dexo todos sus bienes y herencia a un hijo segundo de la dicha doña maria [ ... ] y atento lo susodicho y atento ansimismo que el dicho rodrigo de butron mi hijo no tiene hijos y que ha de suceder la dicha doña maria y su hijo mayor en todos nuestros bienes y mayorazgo [ ... ] le ruego y encargo que no traigan pleito con el dicho rodrigo de butron mi hij o ni le pidan ni demanden los dichos mrs pues despues de los di as y vida del dicho rodeigo de butron mi hijo lo han de aver toro y suceder en ello

[ ... ] fecha y otorgada en la villa de valladolid a diez y ocho di as del mes de dizienbre de mil y quinientos y sesenta y ocho años testigos questaban presentes pero diez de foronda y hernando paniagua y alonso blanco y jeronimo de paniagua y juan gomez criados del dicho señor licenciado butron [ ... ]

People mentioned
Name Status when cited Social status
Daza, Esteban Living Bourgeoisie
Butrón, el licenciado Francisco Living Bourgeoisie
Daza Maldonado, Gaspar Living
Daza, Tomás Living Bourgeoisie
Rojas, María de Deceased Bourgeoisie
Ábalos de Sotomayor, Hernando de Living Professional
Daza, Gaspar Living Bourgeoisie
Butrón, Rodrigo Alonso de (2) Living Bourgeoisie
Notes

This document has been edited by Anastasio Rojo Vega and is available on his website, without reference to the legajo from which it is drawn, at http://anastasiorojovega.com/attachments/article/1091/1568%20BUTRON.pdf

Bibliography