Document | Date | Century | City | Province |
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Gaspar Daza, annuity. | 1545.03.14 | 16cent/2/mid | Valladolid | Castilla-León |
Gaspar Daza, annuity: receives 4000 mrs year from Juan de Pimentel and Dona Beatriz de Santiesteban his wife. Capital paid = 56,000 mrs
Document type | Subject | Siglum | Archive name | Call no. |
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archival document | Persons | AHPV | Archivo Histórico Provincial de Valladolid | Protocolos, legajo 219, 2ª parte, fols 335-337v |
Censo Gaspar Daça
Sepan cuantos esta carta de censo vieren como yo Juan de Pimentel y yo doña Beatriz de Santiesteban su mujer vecinos que somos de la noble villa de Valladolid que la dicha doña Beatriz de Santiesteban con licencia que pido y demando al dicho Juan Pimentel mi señor que me de y otorgue para que juntamente con él y por mi misma pueda hazer y otrogar y jurar todo lo contenido en esta escritura y cada una cosa parte de ello y yo el dicho Juan Pimentel digo que doy la dicha licencia a vos la dicha doña Beatriz de Santiesteban mi muger según y para aquello que por vos me es pedida poende nos los dichos Juan Pimentel y doña Beatriz de Santisteban mi mujer por título de la dicha licencia la cual yo acepto y usando de ella ambos en dos juntamente otorgamos y conocemos por esta carta que vendemos y fundamos y nuevamente constituimos a vos Gaspar Daça vecino de la dicha villa de Valladolid para vos y para vuestros herederos y sucesores y para aquel o aquellos de vos o de ellos hubieren título y causa cuatro mil maravedies de censo en cada un año por precio y cuenta de cincuenta y seis mil maravedies que por ellos nos distes y pagastes y nosotros de vos recibimos ahora de presente en presencia del escribano y testigos presentes carta de la cual entrega yo el dicho escribano doy fe que los recibieron y se contaron en mil y seiscientos y cuarenta y siete reales de plata sencillos y de a dos y de a cuatro y dos maravedies en que se monta los dichos cinquenta y seis mil maravedies de los cuales nos damos por bien contentos y pagados y entregados a toda nuestra voluntad aunque la entrega es notoria renunciamos la ley del error de la cuenta y de la no numerata pecunia y la ejecución del mal engaño los cuales dichos cuatro mil maravedies del dicho censo en cada un año nos obligamos de os dar y pagar a vos o a quien vuestro poder hubiere la mitad el día de San Juan de junio y la otra mitad para el día de navidad en cada un año de ser la primera paga que os habemos de hacer el día de San Juan de junio próximo que viene en el presente año de quinientos y cuarenta y cinco años al respecto de lo que montare y la segunda paga el día de pascua de navidad siguiente que será fin de este dicho presente año y principio del año venidero de quinientos y cuarenta y seis y dende en adelante en cada un año a los dichos plazos cada paga perpetuamente para siempre jamás para estos e pagados en esta dicha villa en vuestra casa y poder a nuestra costa y misión so pena del doblo....
[condiciones, y fórmulas legales]
[fol 337]
.... en testimonio de lo cual nos los dichos Juan Pimentel y doña Beatriz de Santiesteban su mujer y Pedro de Paz y Diego de Zurita otorgamos esta escritura y todo lo en ella contenido ante el escribano público y testigos de yusoscritos que fue fecha y otorgada en la noble villa de Valladolid estando en ella la corte y consejo de su majestad a catorce dias del mes de marzo año del nacimiento de nuestro Salvador Jesucristo de mil y quinientos y cuarenta y cinco años testigos que fueron presentes a lo que dicho es Bartolomé de Herrera criado del dicho Gaspar Daça y Pedro de Angulo criado del doctor Espinosa el mozo Antonio de Trogera y Diego de Quiroga criados de los
[fol 337v]
dichos señores Juan Pimentel y doña Beatriz de Santiesteban de los cuales los dichos otorgantes lo firmaron de sus nombres en este registro y yo el dicho escribano doy fe que conozco al dicho Juan Pimentel y porque no conocía a la dicha señora doña Beatriz y Pedro de Paz y Diego de Çurita los dichos Antonio de Trogera y Diego de Quiroga juraron en persona conocerlos ser los mismos que aquí se nombran y que otorgaron esta escritura un spto? encima de la margen o diz en presencia de los cuales los dichos otorgantes lo firmaron de sus nombres en este registro
[firmado]
Juan Pimentel
doña Beatriz de Santiesteban
Pedro de Paz
Diego de Çurito
Pasó ante mi Francisco de Herrera, escribano.
Name | Status when cited | Social status |
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Daza, Gaspar | Living | Bourgeoisie |