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Renunciation and sale of annuity of the heirs of Tomás Daza.

1578.06.21 Archivo Histórico Provincial de Valladolid

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Document Date Century City Province
Renunciation and sale of annuity of the heirs of Tomás Daza. 1578.06.21 16cent/3/late Valladolid Castilla-León
Summary

Renunciation and sale of annuity of the heirs of Tomás Daza to Juana Daza.

Sale for Hernando Ortega, merchant, resident of Valladolid

280,000 mrs at a rate of 14 per thousand = 20,000 mrs each year

Esteban signature fol 1468


Document type Subject Siglum Archive name Call no.
archival document Persons AHPV Archivo Histórico Provincial de Valladolid Protocolos, leg 379
Original text

[fol 1464]
Sepan cuantos esta carta de cesión y renunciación vieren como yo doña Juana Daza viuda mujer que fui de Tomás Daza difunto que está en la gloria vecina de esta villa de Valladolid digo que por cuanto el doctor Luis de Molina y el licenciado Pedro de Mendoza en nombre del Illmº señor don Juan Tellez Giron Conde de Urueña, Duque de Osuna y por virtud de su poder especial y de una facultad real del Emperador Don Carlos nuestro señor ganada su pedimiento vendieron y fundaron al dicho Tomás Daza mi marido para él y para sus herederos sucesores veynte mil maravedíes de renta y censo en cada un año para siempre jamás por precio y cuantía de dos cientos y ochenta mil mrs que sale y es a razón de catorze mil maravedíes en el millar y fueron para ayuda de pagar a don Pedro Fajardo hijo mayor del Marqués de los Tellez doce mil ducados de parte de la dote que se le prometió con doña Leonor Girón hija del dicho señor Conde de Urueña que es para el efecto que de ella con la dicha facultad real fue hecha en esta villa de Valladolid en ocho de marzo de quinientos y cinquenta y seis los cuales dichos veinte mil mrs de renta y denso en cada un año vendieron y fundaron al dicho Tomás Daza por virtud del dicho poder e facultad real y para el fin y efecto en ella contenido y sobre los bienes y rentas del dicho señor Conde de Urueña generalmente y especial sobre las rentas pertenecientes al dicho señor Conde y a los sucesores en su casa y mayorazgos en la villa de Tredia? y Pobladeura? y Peñafiel pagados por fin de los meses de junio y diciembre de cada un año puestos y pagados en esta villa de Valladolid a costa y misión del dicho conde y de los sucesores en su casa y mayorazgos con algunas condiciones penas y comisos contenidos y declarados una en una escritura de censo que sobre los fundaron y otorgaron en favor del dicho Tomás Daza en esta villa de Valladolid en cuatro días del mes de mayo del dicho año de mil y quinientos y cincuenta y seis

[fol 1464v]
por ante Francisco Cerón escribano que fue del número de esta villa a que me refiero, las cuales dichas dos cientos y ochenta mil maravedíes recibió Hernán Rodriguez de Jerez, mercader vecino de esta villa en nombre del dicho don Pedro Fajardaa e para en parte de la dicha date para el fin y efecto de lo contenido en la dicha facultad real de que otorgó carta de pago que está a las espaldas contrato de censo signado del dicho Francisco Cerón escribano a que me refiero, los cuales dichos veinte mil mrs de l dicho censo y las dichas doscientas y ochenta mil mrs del principal de ellos me pertenecen y hube para en cuenta y parte de pago de mi dote y arras y me lo tornad judiciales por escritura y pedimiento hecho ante el presente escribano, y ahora yo estoy convenida y concertada con Bernardo Ortega vecino de esta villa de Valladolid de le ceder y vender y traspasar los dichos de veinte mil mrs del dicho censo por los dichos doscientos y ochenta mil mrs que es el precio porque están fundados como por la presente y dicha doña Juana Daza otorgo y conozco por esta presente carta que vendo cedo renuncio y traspaso en vos e para vos el dicho Hernando de Ortega para vos y para vuestros herederos y sucesores y para la persona o personas que de vos o de ellos hubo título y causa los dichos veinte mil maravedíes de renta y censo en cada un año por precio y cuantía de ls dichas doscientos y ochenta mil mrs que es el precio por que está fundado que por ellos y enpago de ellos me habeis dad y pagado y de vos he recibido de las cuales me doy por contenta y pagado entregada a toda mi voluntad por cuanto los he recibido ahora de presnete en presencia del presente escribano y testigos de esta escritura en reales de plata de la cual pago y entrega yo el dicho escribaano doy fe que se hizo y pasó en mi presencia y de los dichos testigos y la dicha doñaJuana Daza reibio las dichas doscientos y ochenta mil maravedíes sin faltaar cosa alguna de ellos y de las dichos dos cientos y ochenta mil maravedíes yo la dicha doña Juana Daza doy carta de fin y quito en forma a vos el dicho Hernando de Ortega…

[fórmulas legales]

[fol 1466v]
… y para más seguridad de que los dichos veinte mil mrs del dicho censo en cada año y los dichos doscientos y ochenta mil maravedíes del principal declarados son ciertos y seguro y enen pagados en cada un año nos Esteban Daza y Baltasar Daza por nosotros mismos y Melchor Daza como cesionario y donatorio de fray Tomás Daza de los Rios de la orden de Santo Domingo y doña Jerónima Daza por mí y como cesionaria y donatoria que fue del dicho fray Tomás Daza y de fray Francisco Daza de la orden de San Agustín y de doña Juana y doña María Daza mis hermanas monas en el monasterio de Santa Clara extramuros de esta villa de Valladolid y todos hijos y sucesores legítimos del dicho Tomás Daza nuestro padredifunto y de la dicha doña Juana Daza vecinos que todos somos de esta villa de Valladolid y mayres de veinte y cinco años y por nosotros mismos y como tales cesionarios y donatorios de los dichos nuestros hermanos y así mismo por todos los demás hijos y herederos del dicho nuestro padre nuestros hermanos escritos de tal en esta escritura según y como en tal caso contiene y la probamos y consentimos según y como en ella se contiene y todos juntamente y de común como a voz de uno y cada uno de nos

[fol 1467]
con la dicha doña Juana Daza nuestra madre…

[fórmulas legales]

[fol 1468]

fue hecha y otorgada en la villa de Valladolid a veinte y un días del mes de junio de mil y quinientos y setenta y ocho años testigos que estaban presentes Alonso Méndez y Francisco de Velasco y Mateo de Gormazvecinos y estantes en esta villa y los dichos otorgantes que yo el presente escribano doy fe que conozco lo firmaron de sus nombres

[firmado]
doña Juana Daza
Esteban Daza
Melchor Daza
doña Jerónima Daza
Baltasar Daza

Pasó ante mí Pedro de Arce, escribano

People mentioned
Name Status when cited Social status
Daza, Esteban Living Bourgeoisie
Daza, Tomás Deceased Bourgeoisie
Daza, Juana Living
Daza de los Ríos, Baltasar Living
Daza, Francisco (II) Living Ecclesiastical
de los Ríos, Gerónima (2) [Jerónima] Living
Daza, María Living
Daza, Melchior Living Bourgeoisie
Daza de los Ríos, Tomás Living Ecclesiastical
Notes

Firma/Esteban/Daza
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Bibliography