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Tomás Daza, purchase of an annuity.

1549.12.31 Archivo Histórico Provincial de Valladolid

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Document Date Century City Province
Tomás Daza, purchase of an annuity. 1549.12.31 16cent/2/mid Valladolid Castilla-León
Summary

Tomás Daza buys from his brother Alonso an annuity (censo) mrs worth 28000 mrs and with an annual income of 2000 from houses and land of Lorenço de Torres and Anton Garcia de la Vega, cleric, brothers, in the village of Tordehumos (Valladolid).Gaspar Daza signs as a witness, together with Pedro Pelayo and Juan de Salazar, criados of Tomás Daza.


Document type Subject Siglum Archive name Call no.
archival document Persons AHPV Archivo Histórico Provincial de Valladolid Protocolos, leg. 220 fols 503-504v
Original text

Ventas y censos del año de Mdxlix

Sepan cuantos esta carta de venta y renunciación vieren como yo Alonso Daza de los Rios vecino que soy de esta noble villa de Valladolid digo que por cuanto Lorenzo de Torres y Antón García de la Vega, clérigo su hermano, vecinos de la villa de Tordehumos me vendieron y fundaron seis mil mrs de censo en cada un año por precio y cuantía de ochenta y cuatro mil mrs que por ellos les dí y pagué que es a razón de catorce mil mrs el millar los cuales fundaron y constituyeron sobre sus personas y sobre dos pares casas y ciertas tierras de pan y levanto? que son en la dicha villa de Tordehumos y sus términos y se obligaron a mí los dar y pagar en dos pagas la mytad por el día de San Juan de junio y la otra mitad de pascua de navidad de cada un año y dieron por sus fiadores y principales pagadores para la paga y cunplimiento de ello a Hernando de Sevilla mercadero y al licenciado Cristóbal de León médico, vezinos de esta dicha villa de Valladolid y con facultad de poder quitar y redimir el dicho censo pagando los dichos ochenta y cuatro mil mrs y con otras condiciones y posturas según de más largamente consta y paresce por el contrato de censo que sobre ello pasó en esta dicha villa de Valladolid en dos dias del mes de junyo del año pasado de mil y quinientos y cuarenta y seys por antel dicho presente escrivano cuya mano esta carta será signada a la cual me refiero de los cuales dichos seys mil mrs de censo yo obe vendido y renunciado a vos Tomás Daza mi hermano vezino de la dicha villa de Valladolid dos mil mrs de censo en cada un año por prescio y cuantía de veinte y ocho mil mrs que por ellos me distes y pagastes con facultad que yo y mis herederos los podamos quitar y redimir pagando los veinte y ocho mil mrs segund consta y paresce por la escriptura que sobre ello pasó ante el dicho presente escrivano de esta dicha villa en diez y ocho dias del mes de jullio del año pasado de quinientos y cuarenta y ocho a la cual ansí mysmo me refiero y agora soy conbenydo e igualadocon vos el dicho Tomás Daza mi hermano de os vender y renunciar como por la presente otorgo y conozco por esta presente carta que vendo, cedo, renuncio y traspaso que vos y para vos el dicho Tomás Daza y para vuestros hijos herederos y subcesores y para aquel o aquellos que de vos o dellos ovieren título o causa, dos mil mrs de renta y censo en cada un año de los dichos cuatro mil mrs de censo que ansí me quedaron de los seys mil que ansí tenía sobre las personas y bienes de los dichos Lorenço de Torres y Anton García de la Bega y sus fiadores para que desde oy día de la fecha de esta carta en adelante para sienpre jamás sean vuestros propios y de los dichos vuestros herederos y subcesores y los aveys y tengays sobre los susodichos principales y fiadores y cada uno dellos y sobre sus personas y bienes así y segund y de la manera y con las condiciones y posturas penas y comysos que el dicho contrato de censo conthenydos y gozeys dellos desde primero día deste mes de henero primero vendero deste presente año de quinientos y cuarenta y nueve en adelante esto por razón que me los conprastes y conpran dellos me distes e/ [503v] pagastes veinte y ocho mil mrs de los cuales me doy y otorgo por bien contento y pagado y entregado a toda mi voluntad por cuanto los recibi de vos agora de presente en ocho cientos y veinte y tres reales y medio de plata y un medio real en bellon en que suma y monta la dicha cuantía y pasaron a mi parte y poder realmente y con efecto en presencia del escribano y testigos de esta carta en la cual dicho precio de lo dichos veinte y ocho mil mrs los dos mil mrs de censo también vendidos y no valen más por cuanto por mi así traidos a vender por corredores públicos en esta villa de Valladolid y no hallado quien más ni tanto por ellos me diese como vos el dicho Tomás Daza pero si agora más valen en algún tiempo pudieron valer por la presente vos hago cesión y donación de la tal demasía por muchas y buenas obras que de vos he recibido y espero de recibir de aquí en adelante sobre lo cual si necesario es renuncio la ley del ordenamiento real de Alcalá de Henares que habla en razón de las cosas que se venden o conpren por por más o por menos de la mytad del justo prescio y desde oy día en adelante que esta carta es fecha y otorgada para sienpre jamás desisto y aparto y quito de mí y de mis herederos y subcesores presentes y por benir todo el derecho y acción propiedad y señorio que yo había y tenía y me pertenezca y puede pertenescer en cualquier manera a los dichos dos mil mrs de censo de así delibrados y lo doy cedo renuncio y traspaso en vos el dicho Tomás Daza y en los dichos vuestros herederos y subcesores y vos doy la posesión y señorio dellos e poder cumplido para que por vuestra propia autoridad sin mi licencia ni de juez ni alcalde...

[fórmulas legales]

[504v]
... y por más firmeza lo otorgué esta carta de venta y renunciación ante Francisco de Herrera escrivano público de su magestad residente en esta su corte y chancillería que a esto el escribano y testigos de yuso escriptos en su nombre firmaron que fue fecha y otorgada en la dicha villa de Valladolid estando en ella la corte y consejo real de sus magestades a treynta y un dias del mes de diziembre año del nacimiento de nuestro salvador Jesucristo de mil y quinientos y cuarenta y nueve años Testigos que fueron presentes a lo que dicho es Gaspar Daza vezino de la dicha villa, y Pedro Pelaez y Juan de Salazar criados del dicho Tomás Daza estantes en la dicha villa de Valladolid en presencia de los cuales el dicho Alonso Daza de los Rios firmó en su nombre este registro al cual yo el dicho escriuano doy fee que conozco otro si doy fee que en mi presencia y de los dicho testigos se contaron los dichos veinte y ocho mil mrs y el dicho Alonso Daza los recibió del dicho Tomás Daza en la manera que dicho es

[fdo:] Aº Daza de los rios
ante mi Francº de Herrª escriº

People mentioned
Name Status when cited Social status
León, Cristóbal de Living Artisan
Daza, Tomás Living Bourgeoisie
Daza, Alonso Living Bourgeoisie
Daza, Gaspar Living Bourgeoisie
Notes

Bibliography